En 2023, se ha subido el salario mínimo interprofesional (SMI) hasta 1.080 euros mensuales. Este aumento del 8% afecta a muchas personas, por esta razón, explicamos algunas cuestiones fundamentales que hay que tener en cuenta. El equipo del Servicio Laboral de Suport Tercer Sector, puede apoyar a las entidades sin ánimo de lucro que tengan que hacer gestiones de nóminas y resolver dudas con respecto al salario mínimo interprofesional.

1. ¿QUÉ SIGNIFICA SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL?

El SMI es “la cantidad retributiva mínima” que tiene que percibir un trabajador o trabajadora por una jornada legal de trabajo, según el Instituto Nacional de Estadística. El salario mínimo, tal como recoge el Estatuto de los Trabajadores, se fija cada año y se consulta con las principales organizaciones sindicales y empresariales.

2. ¿QUIÉN COBRA EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL?

El SMI afecta a todas las personas que trabajan por cuenta ajena, sea cual sea la actividad económica, y que no disponen de un salario superior a esta cantidad. Incluye a los trabajadores a tiempo parcial, los contratos temporales y los trabajadores que desarrollan su actividad en el marco de una economía sumergida.

El salario mínimo también afecta a las personas autónomas que trabajan como empleadoras, puesto que están obligadas a pagar, como mínimo, este salario a sus trabajadores.

Además, no tiene en cuenta la calificación del personal ni las características específicas del puesto. Esto significa que una persona con una gran calificación puede estar cobrando el SMI igual que otra sin experiencia previa en el mismo puesto de trabajo.

3. ¿CUÁL ES EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL EN 2023?

Iniciado el 2023 se aprobó el Real Decreto 99/2023, que fija el SMI de este año. A pesar de que se aprobó habiéndose cobrado el primer sueldo, la parte de la subida de enero se tiene que abonar en los meses siguientes. El sueldo está en 1.080 euros, lo que supone un 8% más que el año anterior.

4. ¿CÓMO SE COBRA EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL?

El SMI de 1.080 euros se establece en base a catorce pagas mensuales, pero también se pueden pagar los 15.120 euros brutos anuales en doce, y es por la jornada completa. Esto supone que en caso de trabajar menos horas el cálculo es proporcional.

Para las personas que trabajan como empleadas del hogar, el precio por hora tiene que ser, como mínimo, de 8,45 euros. Por otro lado, para las trabajadoras eventuales o temporeras (que no trabajan más de 125 días en una misma empresa en un año) el sueldo es de 51,15 euros por día.

Hay que tener presente que el salario mínimo interprofesional se tiene que pagar en dinero, es decir, que no puede ser compensado con prestaciones en servicios o especias. Por ejemplo, aunque se descuente el alojamiento o la manutención del sueldo de una persona trabajadora, tiene que recibir (como mínimo) el SMI en dinero y los descuentos no pueden suponer más del 30% del salario total.

Por otro lado, las horas extras que haga la persona trabajadora se tienen que pagar adicionalmente al salario mínimo.

5. ¿CÓMO TRIBUTA EL SMI EN EL IRPF?

El límite para aplicar la retención por el IRPF ha pasado de 14.000 a 15.000 euros anuales. Esto significa que las personas trabajadoras que cobran el SMI lo notarán mínimamente. En este sentido, solo si son solteras, menores de 65 años y sin hijos o hijas a cargo (por lo tanto, no tienen acceso a deducciones) tendrán una retención de, como mucho, 39,31 euros por año.

Sin embargo, el límite para tener que presentar la declaración de la renta es de 22.000 euros anuales (si se ha cobrado de un único sitio), por lo tanto las personas que durante el 2023 hayan cobrado el SMI de una única empresa no la tendrán que presentar en 2024. En cambio, hay que tener presente que, si se ha cobrado de más de un lugar, el límite es de 12.000 euros al año.

Otra afectación del aumento del salario mínimo interprofesional se produce en las indemnizaciones del Fondo de Garantía Salarial O. A. (FOGASA), puesto que la indemnización máxima no podrá ser superior a 30.240 euros al año, es decir, que no puede estar por encima del doble del SMI.

Fuente: Xarxanet (redactado por el equipo de Gestión Tercer Sector).

 

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