La disposición final 3ª de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados comporta una modificación en la aplicación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Se trata una demanda del Tercer Sector Social y de organizaciones empresariales para conseguir una mejora tributaria. Este cambio además puede favorecer la reducción de residuos o el derroche alimentario, puesto que las empresas lo tendrán más fácil.

¿CÓMO AFECTA LA MODIFICACIÓN EN El IVA?

Con este cambio legislativo en caso de que una empresa o entidad haga un donativo en especies a una entidad sin ánimo de lucro (según lo que establece la Ley 49/2009, es decir, principalmente las de utilidad pública), se considerará que ha habido un deterioro total del producto.

Por lo tanto, la base imponible sobre la cual se calculan los impuestos será cero. Además, la modificación de la normativa establece que se aplicará un 0% de IVA en estas donaciones. Hasta ahora, donar droductos se entendía como autoconsumo y suponía que la empresa que donaba tuviera que pagar IVA.

Para poder aplicar el 0% de IVA estos productos donados se tienen que destinar a las finalidades de interés general desarrolladas por la organización. Por lo tanto, no sería aplicable si la organización no lucrativa vende lo recibido.

¿CÓMO NOTIFICAR LAS DONACIONES?

Hasta ahora, al realizar una donación se aplicaba un 21% de IVA sobre la base imponible, además de recibir la deducción en el Impuesto sobre Sociedades. Por este motivo, era necesario hacer una autofactura en la cual reflejar el IVA.

Pese a los cambios aplicados, las entidades no lucrativas tendrán que seguir emitiendo un certificado de donaciones en el cual se incluya el uso o finalidad de los productos recibidos, tal como establece el Real Decreto 1270/2003, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin finalidades lucrativas y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Ahora, esta también es la manera para que la empresa pueda acreditar que la donación se destinará a finalidades de interés general y que, por lo tanto, puede ahorrarse el IVA.

¿CÓMO AFECTA ESTO AL TERCER SECTOR?

No tener que pagar IVA, por poco que sea, incentiva que las empresas hagan más donaciones a entidades no lucrativas, aunque hay que tener presente que no en todos los casos es posible esta eliminación del IVA (como ya se ha ido explicando).

La idea principal y de la cual surgió esta iniciativa desde varios sectores es la reducción en la generación de residuos y la aplicación de un modelo de economía circular. En especial, la propuesta piensa en los productos alimentarios que, de este modo, se pueden reaprovechar.

Ahora, la tarea del Tercer Sector es dar a conocer este cambio para conseguir un mayor compromiso de las empresas.

Fuente: Xarxanet.

 

 

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