¿Quién debe hacer el registro retributivo?

El Real Decreto 902/2020, en su artículo 5, establece que todas las entidades y empresas deben tener un «registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y altos cargos». Esta normativa se aplica a todas las organizaciones con personal contratado, aunque sea sólo una persona.

El registro debe realizarse entre enero y marzo del año inmediatamente posterior al año natural registrado. Por lo tanto, al inicio de 2025 se deberá hacer el registro de 2024. No es necesario registrar este documento, pero es obligatorio disponer del mismo en el centro de trabajo.

¿Por qué hay que hacer el registro?

El objetivo de esta obligación es garantizar la máxima transparencia y la igualdad salarial entre mujeres y hombres. Así se garantiza un correcto «acceso a la información retributiva de las empresas [y entidades no lucrativas], independientemente de su tamaño, mediante la elaboración de datos de media y desglosados».

Hacer el registro retributivo permite ver la brecha salarial en la organización. Si la brecha es superior al 25%, ya sea favorable a los hombres o a las mujeres, hay que explicar y argumentar objetivamente este hecho.

¿Qué debe incluir el registro retributivo?

El registro retributivo de la entidad debe incluir:

  • Los valores de promedio de los salarios
  • Los complementos salariales
  • Las percepciones extrasalariales de la plantilla

Todo ello, desagregado por sexo y distribuido por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o del mismo valor. Además, debe reflejar, diferenciado por sexos, «la media aritmética y la media de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto de trabajo o cualquier otro sistema de clasificación aplicable».

¿Qué pasa si no se hace el registro?

No hacer el registro retributivo, a pesar de tener la obligación, puede conllevar sanciones económicas para la entidad. Además, la falta de transparencia puede afectar negativamente al clima laboral de la entidad y repercutir en su imagen pública.

 

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