Muchas organizaciones cambian de sede a lo largo del tiempo o tienen más de una donde desarrollan sus actividades. Esta diversidad, en muchas ocasiones, genera dudas y debe entenderse para poder comunicar correctamente la situación a la Administración pública correspondiente. Si necesitas ayuda o tienes dudas  nuestro equipo económico te puede ayudar.

EL DOMICILIO SOCIAL

El domicilio social de una entidad es donde radica la administración dirección de la organización y también el principal centro de actividades. Debe figurar en los estatutos de la entidad. Asimismo, es habitual que se indique el domicilio particular de una de las personas socias fundadoras de la organización. Normalmente, coincide con el domicilio fiscal, sólo en las situaciones que no se realicen actividades sociales será diferente.

Cuando se pida por primera vez el NIF de la entidad a la Agencia Tributaria, será el que figure en la tarjeta identificativa que emite el organismo. Para poder cambiarlo, ya sea porque la organización ha pasado a disponer de un local, o porque disponiendo ya de uno, se traslada a otro, lo primero que hay que hacer es modificarlo en los estatutos de la organización. Cuando la modificación esté inscrita en el registro, habrá que comunicarlo a la Agencia Tributaria con el fin de obtener una nueva tarjeta de NIF con los datos correctos.

La notificación a Hacienda se hará mediante la presentación de una declaración censal o modelo 036, donde se marcará la opción de ‘cambio de domicilio social’, en la casilla 123, y se rellenará el apartado correspondiente a la página 2B. Debe presentarse en un plazo máximo de un mes a partir de recibir la resolución de la inscripción registral de la modificación de los estatutos, de la documentación acreditativa de esta inscripción en el registro. El más habitual, el Registro de Asociaciones.

EL DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES

En caso de que el cambio de domicilio sea provisional, o bien cuando no es posible hacer con celeridad el trámite de modificación de estatutos necesario para cambiar el domicilio social, existe la posibilidad de modificar el domicilio a efectos de notificaciones de la Agencia Tributaria. La modificación debe hacerse mediante la presentación de una declaración censal o modelo 036, marcando la casilla 124 y rellenando el apartado correspondiente a la página 2B. Pero para hacer el trámite no será necesario aportar ningún tipo de documentación adicional.

Cuando se indica un domicilio a efectos de notificaciones diferente del domicilio social o fiscal, todas las cartas procedentes de la Administración tributaria, llegarán a ese domicilio.

LOCALES AFECTOS A LAS ACTIVIDADES

Los locales afectos a la actividad son todos los que, sin ser el domicilio social ni fiscal de la entidad, se utilizan para llevar a cabo el desarrollo de sus actividades.

Por ejemplo, si una organización dispone de varios locales donde hace de manera estable y continuada talleres o tiene alguna tienda, almacén o delegaciones todos ellos serán locales afectos a las actividades. No deben figurar en estatutos ni en el NIF de la entidad, pero es importante comunicarlo a la Agencia Tributaria porque en caso de que la organización realice en ellos alguna de las actividades que no están exentas de tributación en el Impuesto de Sociedades, podrá deducir los gastos que le originen dichos locales.

La comunicación de los locales a la Agencia Tributaria, que está directamente relacionada con las altas, bajas y modificaciones del Impuesto sobre Actividades económicas (IAE), debe hacerse mediante la presentación de una declaración censal o modelo 036, marcando la casilla 127, página 4 del modelo.

Fuente: redactado por el equipo de Suport Tercer Sector en Xarxanet.

 

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