El protocolo de desconexión digital es un instrumento importante para proteger la salud y el bienestar de las personas trabajadoras, así como para garantizar un equilibrio adecuado entre la vida laboral y personal y preservar el derecho a la intimidad.

Aunque muchas entidades sin ánimo de lucro ya aplican medidas relacionadas con la desconexión digital, como evitar hacer llamadas de trabajo fuera del horario laboral, hay que tener presente las normativas relacionadas con la protección de los derechos digitales.

En el caso del tercer sector, además, disponer de un tiempo de desconexión es importante, ya que muchas entidades están gestionadas por personas voluntarias -en su tiempo libre- y, aunque la legislación no hace referencia específica a esta figura, es adecuado comprender que las personas necesitan disfrutar de momentos de desconexión.

¿Qué es un protocolo de desconexión digital y cuáles son sus objetivos?

Un protocolo de desconexión digital es un documento que recoge la política interna y las medidas adoptadas por una entidad para garantizar el derecho a la desconexión digital. Como derecho laboral, la desconexión digital tiene el objetivo de promover el bienestar y la conciliación personal y laboral de las personas trabajadoras, así como su descanso.

En esta línea, los fines principales de un instrumento como el protocolo de desconexión digital son garantizar tanto el descanso como la privacidad digital, incluyendo la desconexión de dispositivos digitales vinculados al ámbito laboral una vez finalizada la jornada.

¿En qué normativa aparece y desde cuándo está vigente?

El derecho a la desconexión digital está recogido en el artículo 18 de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, e indica que las personas trabajadoras tienen derecho a no responder comunicaciones laborales fuera de su jornada laboral y a desconectarse de los dispositivos digitales de trabajo durante sus periodos de descanso, vacaciones y permisos.

Con el artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), que ya recogía la desconexión digital, se hizo efectivo este derecho el 1 de diciembre de 2018.

¿Qué debe incluir?

A la hora de elaborar un protocolo de desconexión digital es importante tener en cuenta los siguientes elementos clave:

  • Definición del derecho a la desconexión digital: hay que definir claramente el derecho a la desconexión digital, incluyendo los supuestos en los que se aplica, como son los periodos de descanso, permisos y vacaciones.
  • Medidas para garantizar el derecho a la desconexión digital: especificar correctamente qué acciones adoptará la entidad para garantizar este derecho.
  • Excepciones al derecho a la desconexión digital: el documento también debe recoger y detallar excepciones, como pueden ser situaciones de urgencia o singulares donde será necesario que la persona trabajadora esté localizable.

¿Qué medidas específicas se pueden implementar?

Algunas acciones específicas a adoptar serían:

  • La limitación del envío de correos electrónicos y mensajes fuera del horario laboral.
  • La prohibición de llamadas telefónicas cuando no sea necesario.
  • La convocatoria de reuniones en la franja horaria de presencia obligatoria.
  • El uso exclusivo de aquellas plataformas digitales determinadas por la entidad.

Es importante remarcar que el protocolo deberá enviarse a la plantilla para que conozca sus derechos a la desconexión digital, así como impartir formación y sensibilización. Una vez difundido, también será necesaria una negociación colectiva y un seguimiento y evaluación del cumplimiento de las medidas propuestas y pactadas.

¿Qué entidades están obligadas a cumplirlo?

Todas las entidades del tercer sector con personal contratado tienen la obligación de contar con un protocolo de desconexión digital, independientemente de su tamaño o de la función que desarrollen. En el caso de que solo participen personas voluntarias en una organización, también es recomendable elaborar un documento similar para cuidar de ellas y garantizar su tiempo de descanso y desconexión.

Algunos beneficios que puede comportar este instrumento para las personas trabajadoras y voluntarias son los siguientes:

  • Una mejora de la salud mental y física.
  • Un aumento de la productividad.
  • Una mayor conciliación laboral y personal.
  • Un fortalecimiento del sentimiento de pertenencia a la entidad.

¿Existe algún tipo de sanción por incumplimiento del protocolo?

De acuerdo con la ya mencionada Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, el incumplimiento del derecho a la desconexión digital se considera una infracción grave. Puede conllevar multas que oscilan entre los 751 y los 7.500 euros, un recargo de prestaciones a la Seguridad Social o una indemnización por daños y perjuicios a la persona trabajadora.

Para cumplir con la normativa es necesario que las entidades del tercer sector tengan en cuenta los derechos digitales y elaboren correctamente el protocolo de desconexión digital teniendo presente a las personas trabajadoras y voluntarias. Para resolver dudas sobre esta cuestión contacta con nosotros.

Fuente: redactado por el equipo de Gestión Tercer Sector en Xarxanet.

 

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