El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cantidad mínima retribuida a percibir para cualquier persona que trabaje por cuenta ajena. Esta cifra está fijada por el gobierno mediante la publicación de un Real Decreto en el BOE.

El 22 de enero, el Gobierno, los sindicatos y la patronal acordaron un aumento del SMI para el 2020, llegando a los 950 euros brutos mensuales.

Esta cantidad tiene en cuenta las 14 pagas anuales, con lo que el salario mínimo asciende a un total de 13.300 euros al año. En el caso de recibir las pagas extras prorrateadas, la cantidad mensual asciende a un total de 1.108,33 euros mensuales.

 

¿Cuándo entra en vigor?

Aunque la subida se anunció a finales de enero, su publicación en el BOE se produjo más tarde, con lo que las entidades no la han podido hacer efectiva hasta febrero.

El Gobierno ya ha anunciado que la subida tendrá carácter retroactivo, con efecto desde el 1 de enero de 2020. Esto significa que todo el personal afectado deberá percibir atrasos correspondientes a las cantidades recibidas durante el mes de enero.

 

Aumentan las bases de cotización de la seguridad social

Normalmente, las bases de cotización de la Seguridad Social también suben el mes de enero. Esta subida suele tener relación con el SMI. En este caso, la base mínima de Seguridad Social queda fijada en 1.108 euros anuales frente a los 1.050 euros del 2019 por los grupos de cotización situados entre el 11 y el 4.

En el caso de los tres grupos superiores (licenciados, ingenieros y ayudantes no titulados, jefes administrativos y de talleres) las cuantías son diferentes, y se pueden consultar en la web de la Seguridad Social.

 

¿Qué personas están obligadas a hacer la declaración de la renta?

La modificación del artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas introducida con los Presupuestos Generales del Estado de 2018 ha variado la cantidad mínima para hacer la declaración de la renta. Esta ha pasado de 12.643 euros a 14.000 euros anuales, y sólo se tendrá que hacer si se tiene más de un pagador y las cantidades percibidas por estos superan los 1.500 euros anuales en cada caso.

La cantidad mínima para un solo pagador sigue fijada en 22.000 euros. Por lo tanto, el SMI de 2020 sigue estando por debajo del mínimo en todos los casos, por lo que su incremento no supone un cambio en las obligaciones de declarar.

 

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