Las asociaciones y federaciones declaradas de utilidad pública tienen seis meses para presentar las cuentas anuales. De este modo, los miembros de la junta directiva o el órgano de representación previamente han tenido que aprobar las cuentas anuales correspondientes el ejercicio anterior.
Cuando ya se han aprobado las cuentas, las asociaciones disponen de un mes para la presentación de las cuentas. Este hecho, sin embargo, se tiene que realizar durante los seis meses siguientes después de la finalización del ejercicio.
Por lo tanto, el 30 de junio acaba el plazo para presentar las cuentas anuales del ejercicio económico correspondiendo al año natural (a 31 de diciembre de 2021). Todas aquellas entidades declaradas de utilidad pública que todavía no hayan aprobado ni presentado sus cuentas, tendrán que hacerlo en las próximas semanas.
Desde Gestión Tercer Sector damos apoyo en estos trámites y, por lo tanto, las entidades que lo necesiten se pueden poner en contacto con nuestro servicio económico.
Aprobación de las cuentas anuales de las fundaciones
Además, las fundaciones tienen hasta el 30 de junio para aprobar sus cuentas anuales, puesto que para la aprobación el Patronato dispone de seis meses a partir de la fecha de cierre del ejercicio anterior (es decir, el 31 de diciembre de 2021, si coincide con el año natural). Una vez aprobadas las cuentas, las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de competencias del estado tienen diez días hábiles para la presentación de las cuentas anuales al protectorado, después de la correspondiente aprobación.
En este sentido, hay que tener en cuenta los plazos de cada registro (estatal o autonómicos, porque pueden variar),
Fuente: Xarxanet.