Con la entrada en vigor del Decreto Ley 1/2003, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, se ha incorporado un nuevo sistema de ahorro (entre 1.320 y 3.300 euros por persona trabajadora) a la hora de pagar las cuotas a la Seguridad Social.

Sin embargo, para poder acceder a bonificaciones como esta, se ha incluido un nuevo requisito: las entidades tendrán que haber registrado el plan de igualdad en el REGCON (en caso de estar obligadas por normativa). Actualmente, las entidades de más de cincuenta personas trabajadoras tienen que tener plan de igualdad. Aquellas que lo tengan y no lo hayan registrado, lo tendrían que hacer –sobre todo si quieren optar a ayudas como las que ofrece esta reforma.

INFRACCIONES GENERALIZADAS

Este requisito llega para impulsar tanto la realización como el registro de los planes de igualdad. Por ahora, el incumplimiento de esta normativa es generalizado, a pesar de suponer una falta grave. El REGCON cuenta, de momento, con más de 10.000 planes de igualdad registrados (aproximadamente). Puede ser que algunos de ellos sean de empresas u organizaciones que no estén obligadas a hacerlo y lo hayan realizado de manera voluntaria.

A pesar de esto, en caso de que estos planes pertenecieran a entidades o empresas de más de cincuenta personas trabajadoras (las cuales sí que están obligadas), solo representarían un 33% del total de todas las que tendrían que registrarlo.

Así, los datos apuntan que casi un 70% de empresas o entidades no están cumpliendo la normativa, motivo por el cual las multas de la Inspección de Trabajo, hasta octubre del 2022, se habían multiplicado por siete respecto de las impuestas a lo largo de todo el 2021.

Desde Gestión Tercer Sector resolvemos consultas en referencia a este y otros temas relativos a igualdad de género y entidades no lucrativas.

 

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