Como cada octubre, comienza el último trimestre del año y, por tanto, llega el momento de pasar cuentas con Hacienda. Las asociaciones, fundaciones y cooperativas deben tener en cuenta las fechas límite para cumplir con las obligaciones tributarias.
Este año, el plazo de presentación de las declaraciones fiscales trimestrales va de 1 a 20 de octubre y hacen referencia a los datos correspondientes al período del julio a septiembre del 2021.
Las entidades que opten por domiciliar el pago lo podrán hacer hasta el 15 de octubre . El cargo en la cuenta bancaria se llevará a cabo el 20 de octubre. En este caso, la presentación del modelo deberá hacer de forma telemática .
Por lo tanto, se podrán presentar hasta el 20 de octubre las declaraciones de las entidades que no deseen domiciliar el pago, las que tengan liquidaciones negativas y las de carácter informativo, como el modelo 349 .
MODELOS TRIMESTRAL MÁS HABITUALES
Estos son los modelos trimestrales más habituales a presentar durante el mes de octubre:
- Modelo 111 : Retenciones del IRPF de rendimientos procedentes del trabajo o de determinadas actividades económicas. Es decir, ingresos de retenciones del IRPF realizadas sobre pagos hechos en concepto de sueldos , retribuciones a personas colaboradoras, conferenciantes y profesionales autónomos o premios.
- Modelo 115 : Retenciones e ingresos a cuenta procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos .
- Modelo 123 : Retenciones del IRPF o Impuesto de Sociedades sobre pagos de intereses de préstamos u otros rendimientos sobre el capital.
- Modelo 216 : Retenciones sobre pago de importes a determinadas personas físicas, empresas o entidades consideradas no residentes en España a efectos fiscales .
- Modelo 303 : Declaración de autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Modelo 349 : Declaración informativa de las operaciones de compras o ventas de bienes o servicios. Siempre que sean efectuados entre entidades o empresas sujetas a IVA y que estén inscritas en el Registro de Operadores Intracomunitarios de Hacienda .
- Modelo 202 : Además, en octubre, algunas entidades deben hacer también el modelo 202 , el segundo pago a cuenta (periodo 2P-2020 del Impuesto de Sociedades de 2020). Hay que presentarlo si se han obtenido resultados fiscales negativos (antes de retenciones y pagos a cuenta) en la última cuota del Impuesto de Sociedades. Es decir, la que se presentó en julio, correspondiente al ejercicio 2020.
La presentación de los modelos 123 , 216 , 349 y 202 se realizará exclusivamente por vía telemática .
PRESENTAMOS LOS MODELOS PARA VOSOTROS
Desde el área económica de Gestión Tercer Sector ayudamos a las asociaciones, fundaciones y cooperativas a presentar las declaraciones fiscales. Ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos.