Una de las obligaciones fiscales que tienen las entidades durante el mes de febrero es la presentación del modelo 347.
¿Qué es el modelo 347?
Es una declaración informativa anual que tienen que presentar las entidades para informar de las operaciones (compras, ventas y subvenciones) que han llevado a cabo con terceros.
¿Quién lo tiene que presentar?
Todas las asociaciones, fundaciones y cooperativas que hayan efectuado alguna de las operaciones siguientes:
- Compras anuales de más de 3.005,06 euros con un mismo proveedor. No se tendrán en cuenta aquellas operaciones que hayan estado objeto otras retenciones o impuestos que se hayan declarado en otros modelos. Por otro lado, si la entidad solo hace operaciones exentas de IVA por el carácter social (artículo 20.3 de la Ley 37/1992, del IVA), no tendrá que incluir las compras de suministros (agua, electricidad y combustible) ni los seguros.
- Ingresos exentos de IVA que NO correspondan a los servicios exentos por carácter social (servicios de acción social, deportivos o culturales) y que superen los 3.005,06 euros con un mismo cliente/a (formaciones, cuotas de socios y socias…).
- Ingresos sujetos a IVA que superen los 3.005,06 euros a un mismo cliente/a.
- Subvenciones de administraciones públicas o privadas. Solo se tendrá en cuenta una administración u organismo subvencionador cuando la suma de los importes provenientes de este supere los 3.005,06 euros.
¿Cuándo se tiene que presentar?
El plazo de presentación es del 1 al 28 de febrero de 2023.
Desde el Servicio Económico de Gestión Tercer Sector os daremos más información sobre cómo gestionar este impuesto con nosotros.