Cuando un familiar cercano es hospitalizado, las personas trabajadoras tienen derecho a un permiso retribuido para poder atenderlo. Pero, ¿Qué pasa cuando este familiar recibe el alta hospitalaria? ¿El permiso se extingue automáticamente? La respuesta es no necesariamente. Si tienes dudas o necesitas ayuda con la gestión laboral de tu organización, contacta con nuestro servicio laboral.

Según el artículo 37 de RDL 02/2015 de 23 de octubre Estatuto de los Trabajadores, las y los empleados pueden disfrutar de hasta cinco días de permiso retribuido por motivos como una hospitalización, una enfermedad grave, un accidente o una intervención quirúrgica que requiera reposo domiciliario. Este derecho cubre familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como personas que convivan con la persona trabajadora y necesiten curas.

El punto clave es que el permiso no se limita exclusivamente al periodo de hospitalización. Si el familiar necesita atención y cuidados durante el reposo domiciliario posterior al alta, el permiso puede continuar vigente hasta su recuperación o alta médica definitiva, pero sin superar los cinco días en total. Esto es especialmente relevante en casos en los que el alta hospitalaria no implica una recuperación completa, sino un traslado de los cuidados al ámbito doméstico.

Es importante tener en cuenta que:

  • El permiso empieza a contar desde el primer día laborable después del hecho causante.
  • Hay que aportar justificación médica que acredite tanto la hospitalización como la necesidad de curas posteriores.
  • Los convenios colectivos pueden establecer condiciones más favorables, como ampliar la duración del permiso o especificar si se cuentan días naturales o hábiles.

En definitiva, el permiso por hospitalización no se extingue automáticamente con el alta hospitalaria si persiste la necesidad de atención. Es fundamental que entidades y personas trabajadoras conozcan este derecho para garantizar una aplicación justa de la normativa laboral.

 

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