El Mecanismo de Equidad Intergeneracional es una cotización adicional vigente desde 2023 que incrementa progresivamente el coste laboral. Las entidades deben incorporarlo en la gestión económica y de personal para adaptarse a las obligaciones de la Seguridad Social.  Si necesita ayuda con la gestión laboral de tu entidad contacta con nosotros

 

 El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es una aportación adicional aplicada a las cotizaciones de la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2023. Se trata de un recargo destinado al Fondo de Reserva con la voluntad de reforzar la sostenibilidad del sistema público de pensiones en un contexto de envejecimiento y de un fuerte incremento de jubiaciones boom.

El MEI sustituye al antiguo Factor de Sostenibilidad y establece un modelo donde todas las generaciones contribuyen al mantenimiento del sistema para que ninguna de ellas asuma un esfuerzo desproporcionado. Sólo se activará como medida de soporte si el gasto en pensiones supera las proyecciones.

¿Cómo funciona la cotización del MEI?

Este mecanismo incrementa el tipo aplicado a las contingencias comunes tanto para la entidad empleadora como para la persona trabajadora . El incremento es gradual hasta 2029 , año en que se alcanzará el porcentaje máximo previsto, que se mantendrá hasta 2050. Los porcentajes establecidos por la normativa vigente (Real decreto ley 2/2023) son:

  • 2023: 0,6% (0,5% entidad / 0,1% persona trabajadora)

  • 2024: 0,7% (0,58% / 0,12%)

  • 2025: 0,8% (0,67% / 0,13%)

  • 2026: 0,9% (0,75% / 0,15%)

  • 2027: 1% (0,83% / 0,17%)

  • 2028: 1,10% (0,92% / 0,18%)

  • 2029-2050: 1,2% (1% / 0,20%)

La aplicación es automática a las herramientas de gestión de nóminas y es necesario disponer de versiones actualizadas para evitar errores en las liquidaciones.

Impacto del MEI en las entidades del tercer sector

El mecanismo es de aplicación obligatoria para todas las entidades que tienen personal contratado, independientemente de su tamaño o actividad. Este progresivo recargo puede representar un aumento notable del coste laboral, especialmente en organizaciones con presupuestos limitados o proyectos financiados con subvenciones que no contemplan la actualización salarial.

Por eso, es imprescindible que las entidades:

  • Integren el nuevo porcentaje en la planificación económica.

  • Lo incluyan en los cálculos salariales a la hora de presentar proyectos.

  • Revisen la sostenibilidad de los contratos y servicios si su financiación es fija o limitada.

¿Qué implica para las personas autónomas colaboradoras?

Las personas autónomas que colaboran con entidades también se ven afectadas, ya que su cuota mensual incorpora al MEI como parte de la cotización por contingencias comunes, calculada según los tramos de rendimientos netos. Esto puede suponer un incremento del coste de los servicios externos, factor a tener en cuenta cuando los proyectos combinan equipos asalariados y profesionales autónomos.

Fuente: redactado por el equipo de Apoyo Tercer Sector a Xarxanet .

 

 

 

 

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