El Consejo de Ministros ha dado un paso más en el despliegue de la facturación electrónica obligatoria con la aprobación del reglamento que concreta los requisitos de la facturación electrónica entre empresas, también conocida como B2B . Esta medida, prevista en la Ley Crea y Crece (Ley 18/20222), supone un avance en el procedimiento de implantación de este sistema, aunque su aplicación efectiva dependerá todavía de la publicación de la Orden ministerial de Hacienda donde se regulará la parte técnica y la puesta en marcha de una plataforma pública por parte de la Agencia Tributaria para el intercambio y confirmación de las facturas.
Este desarrollo normativo marca un punto clave en el calendario de aplicación de la ley, que desde 2022 prevé generalizar el uso de la factura electrónica en las relaciones entre empresas y profesionales y establecer medidas concretas para reducir la morosidad. En caso de dudas puedes contactar con nuestro servicio económico .
Un paso adelante en el despliegue de la norma
Con la aprobación del reglamento, el Gobierno define cómo deben ser las facturas electrónicas y establece las bases técnicas para su uso. Se trata de documentos en formato estructurado y automatizado , que van más allá de los formatos habituales como PDF o papel.
Una de las novedades relevantes es que las empresas tendrán que informar sobre el estado de cada factura —como si ha sido aceptada o cuándo se hará el pago—. Este elemento de trazabilidad quiere contribuir a reducir la morosidad y mejorar el control de los plazos de pago.
Las empresas y las entidades podrán escoger entre utilizar una plataforma privada interoperable o utilizar la futura plataforma pública gratuita que desarrollará la Agencia Tributaria.
Plazos condicionados en la Orden ministerial que regulará la plataforma pública
A pesar de la aprobación del reglamento, los plazos de aplicación no empezarán de inmediato. El calendario se activará cuando el Ministerio de Hacienda publique la orden que regule el funcionamiento de la plataforma pública estatal, prevista como máximo para el 1 de julio de 2026.
A partir de ese momento:
- Las empresas con una facturación superior a 8 millones de euros anuales dispondrán de un año para adaptarse.
- El resto de empresas y entidades tendrán un plazo de dos años .
Este planteamiento mantiene el calendario ya previsto en el despliegue inicial de la ley, pero confirma que el proceso sigue avanzando de forma progresiva.
Impacto también para el tercer sector
Aunque la normativa se dirige principalmente a empresas, también tendrá afectaciones directas a muchas entidades del tercer sector que desarrollan actividad económica o mantienen relaciones comerciales con clientes o proveedores.
Tal y como ya preveía la Ley Crea y Crece, estas organizaciones tendrán que:
- Emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado .
- Comunicar el estado de las facturas en la plataforma correspondiente.
- Disponer de sistemas compatibles con otras entidades y con la Agencia Tributaria.
Esta transformación puede suponer un esfuerzo de adaptación tecnológica, pero también puede contribuir a una mayor transparencia y eficiencia en la gestión económica .
Diferencia con el sistema Verifactu
No hay que confundir esta obligación con el sistema Verifactu , que también afecta a la facturación pero con un objetivo diferente. Mientras que la factura electrónica regula la relación entre empresas, Verifactu se centra en la seguridad y control fiscal de las facturas , incorporando mecanismos como códigos QR o registros digitales.
En este sentido, el Gobierno aplazó la entrada en vigor de Verifactu hasta el 1 de enero de 2027 , lo que separa temporalmente ambos procesos y facilita su adaptación.
Hacia un modelo más eficiente y transparente
El impulso de la facturación electrónica se enmarca en una mayor estrategia para reducir la morosidad y mejorar la competitividad del tejido económico. Según las previsiones gubernamentales, este sistema puede generar un significativo ahorro en costes de gestión y agilizar los pagos.
Con la aprobación del reglamento, el procedimiento da un paso adelante, pero su despliegue completo dependerá de los próximos desarrollos técnicos y normativos. Mientras tanto, empresas y entidades ya pueden empezar a prepararse para este cambio estructural en la gestión de la facturación.
Fuente: redactado por el equipo de Apoyo Tercer Sector a Xarxanet .